AYUDAS AL ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL

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AYUDAS AL ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL

Abierto plazo de solicitud hasta el 7 de agosto

El Centro de Servicios Sociales Comunitarios ofrece información sobre la concesión de ayudas de la Consejería de Fomento y Vivienda para el alquiler de la vivienda habitual y permanente ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se subvenciona el 40% de la renta a inquilinos con ingresos limitados, en el supuesto previsto en la normativa aplicable, un complemento de hasta el 80% a los que además se encuentren en situación de vulnerabilidad. El alquiler no puede superar 500 euros al mes.

Se tendrán en cuenta a todos los miembros que compongan la unidad de convivencia del solicitante, que deberá ser titular del contrato de alquiler. La suma de los ingresos de todos los miembros, referidos al ejercicio 2015, no podrá superar la cuantía del límite de ingresos de la unidad de convivencia que se calcula en función del número de miembros que la componen y sus edades.

Existen algunas prohibiciones para percibir la ayuda. Tener relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora de la vivienda, o ser su socio o partícipe. Así como disponer de la titularidad o de algún derecho que permita usar otra vivienda. Se exceptuarán de este requisito quienes siendo titulares de una vivienda acrediten la no disponibilidad de la misma, con algunas excepciones.

DIRECTORIO

Centro de Servicios SocialesComunitarios 
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