Bando limpieza de solares

Bando limpieza de solares

D. Juan Manuel López Domínguez, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Mairena del Alcor,

Hago saber:

En la Agencia Local de Urbanismo se ha iniciado expediente para la inspección de solares en mal estado en este municipio, al detectarse la existencia de muchos de ellos, así como corrales y casas deshabitadas, en deficiente estado de conservación. Es necesario que por sus propietarios se lleven a cabo labores de limpieza, desinfección y desratización, con la finalidad de evitar que, con la llegada del verano y las altas temperaturas, puedan proliferar insectos, roedores, malos olores o provocar incendios.

El artículo 144 de la Ley 7/2021 de 1 de diciembre de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, dispone que los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos, imponiendo al Ayuntamiento la obligación de ordenar la ejecución de las obras necesarias.

Se recuerda lo dispuesto en el artículo 16 de la reciente Ordenanza Municipal reguladora de la Limpieza Viaria, Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Gestión de Residuos de la Construcción y Demolición y Punto Limpio de Mairena del Alcor, (B.O.P. 21/12/2022), que dispone lo siguiente:

“Limpieza de solares
La propiedad de los solares deberá tenerlos vallados de forma continua, con un material
suficientemente resistente, opaco, evitando la vista desde el exterior, con una altura
mínima de 2 mts, pintado en blanco y en las debidas condiciones de seguridad, salubridad
y ornato público, libres de escombros y materia orgánica. En especial, deberán evitar que
sus solares puedan ser utilizados como espacios de depósito de residuos, siendo
responsables de dar a los residuos que puedan existir sobre ellos la gestión adecuada de
acuerdo con la normativa vigente.
2. La prescripción anterior incluye la exigencia de la desratización y desinfección de los
solares y la eliminación de todo tipo de matorrales, vegetación, etc. (...)”

Por ello, SE INSTA A TODOS LOS PROPIETARIOS DE SOLARES , CASAS DESHABITADAS O CORRALES QUE SE ENCUENTREN EN MAL ESTADO, QUE PROCEDAN A LA LIMPIEZA Y VALLADO DE LOS MISMOS PARA MANTENERLOS EN LAS DEBIDAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUBRIDAD. La limpieza debe ser a conciencia, dejando el lugar sin residuos amontonados; debiendo eliminarse cualquier tipo de matorral, escombro y materias orgánicas, procediendo si fuera necesario, a la desratización y desinfección de los solares, los cuales habrán de quedar cerrados con valla que reúna las condiciones arriba indicadas.

Todo ello sin perjuicio de que por la Agencia de Urbanismo se tramiten los expedientes particulares dictando órdenes de ejecución, con requerimiento individualizado y fijación de plazo concreto para ejecutar las labores que se determinen por los servicios técnicos municipales. Ante el incumplimiento de esta obligación por parte de los propietarios, una vez transcurrido el plazo otorgado para el desarrollo de los trabajos, la Agencia de Urbanismo podrá proceder a la ejecución subsidiaria de las correspondientes obras, así como para la imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínima mensual. Su importe, en cada ocasión, será del diez por ciento del coste estimado de las obras ordenadas, y, en todo caso y como mínimo, seiscientos euros.

Lo que se hace público para general conocimiento.

El alcalde.

Puedes consultar o descargarte en este enlace el Bando de Alcaldía