MEDIDAS DEL NUEVO ESTADO DE ALARMA EN ESPAÑA

Salud

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MEDIDAS DEL NUEVO ESTADO DE ALARMA EN ESPAÑA

26/10/2020

El Boletín Oficial del Estado recoge la restricción horaria, limitación de reuniones y confinamientos territoriales

Toque de queda
➡️ Durante el periodo comprendido entre las 23:00 horas y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público, con un margen para que las comunidades autónomas puedan "modular" esta franja horaria, atrasándola o adelantándola una hora según consideren.
➡️ La autoridad competente delegada correspondiente podrá determinar, en su ámbito territorial, que la hora de comienzo de la limitación prevista en este artículo sea entre las 22:00 horas y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 horas y las 7:00 horas. Las comunidades podrán levantar a partir del 9 de noviembre, en función de cómo evolucione su situación epidemiológica, las restricciones nocturnas.
➡️ Existirán diversas excepciones que permitirán la movilidad entre estas horas. Serán los movimientos por cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

Reuniones limitadas a 6 personas
➡️ La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público o privado, tanto cerrados como al aire libre, quedará condicionada a que no se supere el número máximo de 6️⃣ personas, salvo que se trate de convivientes.

Cierre y confinamientos de autonomía
➡️ El nuevo estado de alarma permitirá a las autonomías confinar todo el territorio o unidades territoriales menores y limitar la entrada y salida de los ciudadanos a través de cierres perimetrales, con el propósito de reducir sustancialmente la movilidad del virus.

Puedes consultar el BOE en este enlace

Recordamos, además, las medidas que afectan a Mairena del Alcor impuestas por la Junta de Andalucía desde el pasado viernes 23 de octubre:

➡️ El uso de mascarilla será obligatorio para todas las personas en los establecimientos de hostelería y restauración en los que se sirvan a clientes productos para su consumo en el mismo, salvo en el momento de la ingestión.

➡️ El uso de mascarilla será obligatorio en la práctica físico-deportiva no federada, de forma individual o en grupo al aire libre, si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal.

Puedes consultar en este enlace las medidas publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía